En el contexto de pandemia que nos aqueja, todos sabemos que está prohibido salir de nuestros hogares, más que en algunas contadas excepciones. Una de ellas, es para el caso de padres separados, que pueden trasladar a sus hijos por única vez, si cuando entró en vigencia el aislamiento preventivo y obligatorio el niño se encontraba en otro domicilio del que tiene su centro de vida, aunque ello puede ser difícil de determinar en los casos de niños que normalmente pasaban igual tiempo con uno y otro progenitor.
En estas circunstancias, identifique el derecho aplicable y qué tipo de fuentes del derecho son.
Respuestas a la pregunta
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Dónde se quedan los hijos de padres separados fue uno de los temas que más dudas generó desde el inicio de la “cuarentena total”. ¿Cómo mantener los acuerdos habituales en una situación tan excepcional? Si se quedan hasta el 31 de marzo en una sola casa, ¿en cuál? ¿Quién se llevará la parte parte más pesada? ¿Cómo explicar la situación si nos para la policía?
El inciso 5 del artículo 6 despejó ayer algunas dudas, pero muy a medias. Quedaban exceptuadas de cumplir con el aislamiento total, preventivo y obligatorio todas aquellas personas que “deban asistir a otras con discapacidad; familiares que requieran asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes”. Se interpretó, entonces, que madres y padres sí podían trasladarse para repartirse el cuidado de niñas y niños, aunque se pidió que lo hicieran en bloques de 3 o 4 días, para no estar yendo y viniendo.