En el caso colombiano, “la Corte Suprema de Justicia ha señalado que los delitos de lesa humanidad pueden ser cometidos en tiempos de paz o durante conflictos armados”. La corte enuncia: a) no puede tratarse de un acto aislado o esporádico de violencia, sino que debe hacer parte de un ataque generalizado, lo que quiere decir que está dirigido contra una multitud de personas; b) porque se inscribe en un plan criminal cuidadosamente orquestado, que pone en marcha medios tanto públicos como privados, sin que, necesariamente, se trate de la ejecución de una política de Estado; c) las conductas deben implicar la comisión de actos inhumanos, de acuerdo con la lista que provee el mismo estatuto; d) el ataque debe ser dirigido exclusivamente contra la población civil; y e) el acto debe tener un móvil discriminatorio, bien que se trate de motivos políticos, ideológicos, religiosos, étnicos o nacionales. Lo anterior responde a crímenes de lesa humanidad, de carácter: Seleccione una: a. Indiscriminado. b. Sistemático. c. Masivo. d. Aislado.
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