Historia, pregunta formulada por ernestocampos1905669, hace 8 meses

en cuales estados se dio el acontecimiento de la constirucion politica de 1917

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Contestado por ladiosamaxima
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Después de la Revolución de 1910, como una consecuencia de ésta y ante el obvio deterioro de las instituciones, México necesitaba fortalecer su sistema político para garantizar la seguridad de las personas y su patrimonio. En este contexto histórico el presidente Venustiano Carranza, convocó en diciembre de 1916 al Congreso para presentar un proyecto de reformas a la Constitución de 1857. El documento sufrió numerosas modificaciones y adiciones. La nueva constitución se promulgó el 5 de febrero de 1917 en el Teatro de la República de la ciudad de Querétaro.

Art. 30.- La calidad de mexicanos se adquiere por

nacimiento o por naturalización.

I.- Son mexicanos por nacimiento, los hijos de padres

mexicanos, nacidos dentro o fuera de la República, siempre

que en este último caso los padres sean mexicanos por

nacimiento. Se reputan mexicanos por nacimiento los que

nazcan en la República de padres extranjeros, si dentro del

año siguiente a su mayor edad manifiestan ante la Secretaría

de Relaciones Exteriores, que optan por la nacionalidad

mexicana y comprueban ante aquélla que han residido en el

país los últimos seis años anteriores a dicha manifestación.

II.- Son mexicanos por naturalización:

A.- Los hijos que de padres extranjeros nazcan en el

país, si optan por la nacionalidad mexicana en los términos

que indica el inciso anterior, sin haber tenido la residencia

que se expresa en el mismo.

B.- Los que hubiesen residido en el país cinco años

consecutivos, tengan modo honesto de vivir y obtengan

carta de naturalización de la citada Secretaría de

Relaciones.

C.- Los indolatinos que se avecinen en la República y

manifiesten su deseo de adquirir la nacionalidad mexicana.

En los casos de estos incisos, la ley determinará la

manera de comprobar los requisitos que en ellos se exigen.

Art. 31.- Son obligaciones de los mexicanos:

I.- Hacer que sus hijos o pupilos, menores de quince

años, concurran a las escuelas públicas o privadas, para

obtener la educación primaria elemental y militar, durante

el tiempo que marque la ley de Instrucción Pública en cada

Estado.

II.- Asistir en los días y horas designados por el

Ayuntamiento del lugar en que residan, para recibir

instrucción cívica y militar que los mantenga aptos en el

ejercicio de los derechos de ciudadano, diestros en el

manejo de las armas, y conocedores de la disciplina militar.

III.- Alistarse y servir en la Guardia Nacional, conforme

a la ley orgánica respectiva, para asegurar y defender la

independencia, el territorio, el honor, los derechos e

intereses de la Patria, así como la tranquilidad y el orden

interior; y

IV.- Contribuir para los gastos públicos, así de la

Federación como del Estado y Municipio en que residan, de

la manera proporcional y equitativa que dispongan las

leyes.

Nacionalidad mexicana

¿Cómo se adquiere la nacionalidad mexicana?

Conforme al Artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.  

La nacionalidad mexicana por nacimiento

El apartado A) del citado Artículo establece que son mexicanos por nacimiento:  

Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres;  

Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional;  

Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización, y  

Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes.  

Si usted es mexicana y tiene hijos menores de edad nacidos en España, regístrelos en la Sección Consular de la Embajada de México en España  o en el Consulado de México en Barcelona  conforme a la circunscripción consular de esas oficinas.  

La matrícula consular que cuente con los siguientes elementos de seguridad:

a) Fotografía digitalizada;

b) Banda magnética,

c) Identificación holográfica.   \left[\begin{array}{ccc}1&2&3\\4&5&6\\7&8&9\end{array}\right] \left[\begin{array}{ccc}1&2&3\\4&5&6\\7&8&9\end{array}\right]

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