¿En Colombia se cumple el artículo 58 de la constitución ? ¿Si? ¿No? ¿Por qué?
Respuestas a la pregunta
Contestado por
0
Respuesta:
Espero y te sirva
Explicación: Constitución Política de Colombia Artículo 58. Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores.
Otras preguntas
Matemáticas,
hace 3 meses
Castellano,
hace 3 meses
Matemáticas,
hace 3 meses
Matemáticas,
hace 5 meses
Musica,
hace 5 meses
Geografía,
hace 11 meses
Matemáticas,
hace 11 meses