en caso de tener utilidad y no ocupar una perdida fiscal que se tiene de ejercicios anteriores ¿se pierde el derecho para ocuparla?
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Cuando una empresa o sociedad sufre una pérdida fiscal puede compensar dicha pérdida con las utilidades que tenga en los 12 años siguientes al año en que se genera la pérdida fiscal, según el artículo 147 del estatuto tributario.
Explicación paso a paso:
creo que es la respuesta espero que te ayude . :D
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Cuando una empresa o sociedad sufre una pérdida fiscal puede compensar dicha pérdida con las utilidades que tenga en los 12 años siguientes al año en que se genera la pérdida fiscal, según el artículo 147 del estatuto tributario.
Explicación paso a paso:
espero ayudarte a ti nos vemos
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