elementos que caracterizan el artículo 130 de la constitución mexicana de 1917
Respuestas a la pregunta
Contestado por
5
Respuesta:
130. - Corresponde a los Poderes Federales ejercer en materia de culto religioso y disciplina externa, la intervención que designen las leyes. Las demás autoridades obrarán como auxiliares de la Federación. El Congreso no puede dictar leyes estableciendo o prohibiendo religión cualquiera.
Otras preguntas