Ciencias Sociales, pregunta formulada por kellyalejandranaranj, hace 6 meses

¿elabore un consolidado sobre los mecanismos de defensa, de nuestros derechos y explique para que son necesarios al hombre? doy coronita plissss

Respuestas a la pregunta

Contestado por elsaagc20
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Respuesta:

POR MEDIO DE UN DERECHO DE PETICION

Explicación:

1. ¿Qué es el derecho de petición?: Es un Derecho Fundamental, que consistente en aquella solicitud respetosa, que toda persona tiene para presentar ante las autoridades públicas, y para obtener de estas una pronta resolución sobre lo solicitado.

2. ¿Qué es una petición?: Es la solicitud verbal o escrita, que presenta cualquier persona ante un servidor público, con el fin de requerir su intervención en su asunto concreto.

3. ¿Qué rango tiene el Derecho de Petición?: El Derecho de petición es de rango fundamental, de contenido constitucional; ¿Esto que quiere decir? Que hace parte de los Derechos inherentes a la persona humana, que su protección judicial inmediata puede lograrse mediante el ejercicio de la Acción Tutela

4. ¿Quiénes tienen derecho a presentar peticiones?: tienen Derecho a presentar peticiones todas las personas, sean nacionales a extranjeros, adultas o niños o adolescentes, letradas o analfabetas.

5. ¿Con que finalidad pueden presentarse las peticiones?: Para que por motivos de interés general o particular se inicie por las autoridades una actuación administrativa.

6. ¿Qué clasificación tienen las diferentes clases de derecho de petición?  

Las peticiones se clasifican así:

-Quejas: cuando se pone en conocimiento de la autoridad conductos irregulares de empleados oficiales, profesores o directivos o de particulares a quienes se ha atribuido la prestación de un servicio público.

-Reclamos: cuando se dan a las autoridades o directivos noticia de la suspensión injustificada o de la prestación deficiente de un servicio público.

-Manifestaciones: cuando se hacen llegar a la autoridad la opinión del peticionario sobre una materia sometida a actuación administrativa.

-Petición de información: se formulan a las autoridades para que den a conocer como han actuado en su caso concreto, permitan el examen de documentos públicos que tengan en su poder o expidan copias de documentos que posean en su oficina pública.

-Consulta: cuando se presentan para que las autoridades manifiesten su parecer sobre asuntos de su competencia.

7. ¿Qué términos tienen las autoridades para dar respuesta al derecho de petición?  

Por regla general las autoridades tienen:

-Para expedir copias y certificado:3 días. Teniendo en cuenta la reserva legal. 190 de 1995.

-Para contestar peticiones de información: 10 días.

-Para contestar quejas, reclamos o manifestación: 15 días.  

-Para contestar consultas:30 días.

8. ¿Qué pueden hacer quienes ven amenazado o vulnerado su derecho de petición?  : Cuando por acción u omisión las autoridades vulneran o amenazan el derecho constitucional de petición, la persona afectada tiene la facultad de invocar la acción de tutela, para reclamar de los jueces la protección inmediata del derecho violado.

9. ¿Qué consecuencias tienen las autoridades, por el retardo injustificado en la atención de peticiones?: Es retardo injustificado, es motivo de sanción disciplinario, pues incurren en casual de mala conducta, los servidores públicos que sin razones validas incumplen los términos para resolver o contestar un derecho de petición.

10. ¿Qué requisitos deben cumplir las peticiones?: La designación deben cumplir las peticiones

-nombre, apellidos, identificación, dirección del peticionario.

-el objeto de la petición.

-las razones en que se apoya.

-firma del peticionario.

¿POR QUE SON NECESARIAS?: porque protegen una eventual o real pérdida, vulneración o amenaza de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política y cuando fuere posible restituir las cosas a su estado anterior.

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