Geografía, pregunta formulada por gatito2004silva, hace 11 meses

Elabora la versión final de tu reglamento, apropiadamente diseñado en tamaño

grande (hoja A3, papelógrafo, etc) de manera manual o digital. En este espacio

pega la evidencia de tu texto instructivo oficial (copia reducida, foto impresa,

entre otros).​

Respuestas a la pregunta

Contestado por TuAngel200
27

Respuesta:

Explicación:

*Primero elijamos un reglamento que nos sirva de mucha ayuda o alguna ley que aprobado en el estado*

titulo: La Ley N° 30884, que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables

Artículo 1. Objeto y finalidad de la ley

1.1 El objeto de la ley es establecer el marco regulatorio sobre el plástico de un solo uso, otros plásticos no reutilizables y los recipientes o envases descartables de poliestireno expandido (tecnopor) para alimentos y bebidas de consumo humano en el territorio nacional.

Artículo 2. Reducción progresiva de bolsas de base polimérica

2.2 Los establecimientos deben cobrar, por cada bolsa que entregan, como mínimo una suma equivalente al precio del mercado, debiendo informarse en forma explícita al consumidor.

Artículo 3. Prohibición del plástico de un solo uso y de recipientes o envases descartables

3.3 En el plazo de 36 meses contados a partir de la vigencia de la presente ley se prohíbe:

a) La fabricación para el consumo interno, importación, distribución,entrega y consumo, bajo cualquier modalidad, de bolsas plásticas de base polimérica, que no sean re-utilizables y aquellas cuya degradación generen contaminación por micro-plástico o sustancias peligrosas y no aseguren su valorización.

Artículo 4. Casos exceptuados de los alcances de la presente ley

4.2 Las bolsas de base polimérica cuando sea necesario su uso por razones de limpieza, higiene o salud.


14joseDIOs: copion
JIRELOLI: gracias
brigittefernandez77: está mal
JIRELOLI: por que
jhoseling039: dxdxd
gatito2004silva: gracias
Contestado por 14joseDIOs
70

Respuesta:

Reglamento de la Ley N° 30884, Ley Que  regula el plástico de un Solo uso Y los recipientes o envases descartables.

Artículo 2.- Finalidad

El presente Reglamento tiene como finalidad

contribuir con el ejercicio del derecho que tiene toda

persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado

al desarrollo de su vida.

Artículo 3.- Ámbito de aplicación

a) Bolsas de plástico diseñadas o utilizadas para llevar

o cargar bienes por los consumidores o usuarios.

b) Bolsas o envoltorios de plástico en publicidad

impresa, tales como diarios, revistas u otros formatos de

prensa escrita.

4.1 Bien de plástico retornable.- Bien de plástico

reutilizable, concebido, diseñado y comercializado para

retornar al sistema de producción un número mínimo

de veces a lo largo de su ciclo de vida.

Artículo 5.- Clasificación de los bienes de plástico.-a)

b) Según el mecanismo de degradación, los bienes de

plástico pueden ser biodegradables o no biodegradables.

c) Según la forma de valorización, los bienes de

plástico pueden ser reciclables, compostables u otros que

establezca el Decreto Legislativo N° 1278

Explicación:

no esta copiado  asi que deme la mejor puntuación :D


JIRELOLI: ok
JIRELOLI: jajajajajaja
denissenicolle: JAJJAJAJJAJAJAJA
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