Derecho , pregunta formulada por brendaolayowera712, hace 16 horas

El Señor Carlos Rodríguez García, es notificado mediante Resolución de Determinación N° 287-2020-SUNAT, estableciendo en el reparo tributario una deuda ascendiente a la suma de S/. 6,000. 00 (seis mil soles) por concepto de pago al impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2018, el mismo que deberá ser cancelado en el presente ejercicio bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de cobranza coactiva y las medidas cautelares respectiva, notificación que fue entregada a un familiar en el domicilio del contribuyente, que conforme al acuse de la notificación esta fue firmada por su menor hijo de 17 años de la revisión de los estados financieros y su declaración realizada en el año 2018 por parte del deudor se pudo comprobar que efectivamente debía la suma de S/. 600. 00 (seiscientos soles )

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Contestado por danielayepezdj
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Que hay que haces?

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