El recurso de nulidad y recurso de apelacion son lo mismo? Es decir, se puede solicitar cualquiera o son distintos
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De manera preliminar el recurso de nulidad, conforme el régimen vigente en la normativa procesal civil y comercial a nivel nacional, está comprendido dentro del de apelación (art. 253, C.P.C.C.). Al estar subsumido en aquél, carece de autonomía que le otorgue una entidad independiente.
Explicación:
así que podés solicitar cualquiera de los dos
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