el matrimonio goza de nulidades relativas y nulidades absolutas verdadero o falso
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Respuesta:
verdadero
Explicación:
Es anulable el matrimonio: 1o. - Cuando uno o ambos cónyuges han consentido por error, dolo o coacción; 2o. - Del que adolezca su impotencia absoluta o relativa para la procreación, siempre que por su naturaleza sea perpetua, incurable y anterior al matrimonio; 3o.
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