El juez de primera instancia profiere una sentencia supuestamente con la debida vinculación de todos los litisconsortes necesarios. La sentencia es apelada y el superior (juez de segunda instancia) al revisar la sentencia descubre que al juez de primera instancia le faltó vincular a otro litisconsorte necesario. ¿Usted como juez de segunda instancia cómo se pronunciaría en la sentencia? ¿De ser un litisconsorcio facultativo cómo variaría la respuesta?
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Yo como Juez de Segunda Instancia, para no afectar los derechos de los litisconsorcios que tuvieron participación en la causa, emitiria de oficio la comparecencia de el litiscosorcio faltante y sanear la causa, para contiuar con el proceso y poder llegar a la extinción de la causa.
Yo expondría (litisconsorcio facultativo) mi testimonio y solicitaria una nueva revaloración de la causa.
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