Biología, pregunta formulada por jolettelibra124, hace 1 mes

el funcionamiento: manual de bioética covid
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Respuestas a la pregunta

Contestado por weslleymarcelodosrei
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Respuesta:

El presente Informe fue discutido y aprobado por la unanimidad de los/las

miembros del Comité de Bioética de España asistentes y presentes en su reunión

plenaria de 15 de julio de 2021, es decir, todos los miembros del Comité, salvo dos

de ellos, Natalia López Moratalla que no pudo estar presente en la reunión plenaria

por causa justificada, pero que emitió voto íntegramente favorable al Informe por

correo electrónico, y Leonor Ruiz Sicilia que tampoco puedo estar presente, también

por causa justificada, y que ha emitido voto particular concurrente, por el que

asume gran parte de los planteamientos y desarrollo argumental del Informe,

aunque discrepa de aspectos que considera fundamentales, incorporándose el citado

voto particular al final del Informe.

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1. Introducción: una exigible mirada amable a la objeción de conciencia

1.1. Objeción de conciencia y sesgos ideológicos

La ética tiene muchos temas que abordar en la actualidad y si hay uno que genera

habitualmente posiciones muy encontradas, ése es el de la objeción de conciencia.

Incluso, en ocasiones, se aprecia que la posición sobre el citado fenómeno no responde a

un previo análisis racional y congruente del mismo. La reacción frente a la objeción

depende en demasiadas ocasiones de lo que puede tildarse de mero sesgo ideológico,

entendiendo por éste aquella manera de invalidar o, más allá, despreciar las posiciones

contrarias sin necesidad de examinarlas. Como si se usara a la ideología como un arma

de ataque a terceros y no como algo que indica la posibilidad de que se distorsione el

entendimiento de la realidad en todos. Y, aunque es obvio que muchas de nuestras

opiniones están mediatizas, en gran medida, por nuestro creencias, ideologías o entorno,

ello no significa que no deba aspirarse a un mínimo de congruencia o coherencia con las

posiciones que se defienden.

No cabe rechazar con ahínco la objeción de conciencia, reivindicando el interés del

individuo o individuos que se ven afectados o limitados por ella, y, por el contrario,

defenderla con rotundidad, cuando excepcionalmente sirve de crítica a las decisiones

legales de un Parlamento o Gobierno que no coincide con nuestras creencias u opciones

políticas. La visión que de la realidad se tiene puede estar, habitualmente, determinada o

matizada por la ideología, pero no puede destruir la capacidad y exigencia de un mínimo

análisis objetivo de los principios y valores en conflicto, más aún, cuando el alcanzar

cursos intermedios de acción no es, precisamente, en el campo al que se refiere este

Informe, especialmente complejo en comparación con otros debates o conflictos.

Explicación:

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