el estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad sanitaria nacional, será responsable de formular la política nacional de salud, y normará, regulará y controlará todas las actividades.
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Esta frase es parte de un artículo legal que enuncia que el Estado dirigirá y tomará las decisiones sobre el sistema de salud a través de la autoridad que para ello designe.
El Estado se reserva el nombramiento de una persona que será la Autoridad de salud y que actuará según sus directrices. También será el único ente encargado de tomar las decisiones en lo concerniente al sistema de salud. Para ello nombrará de forma directa a la autoridad en materia sanitaria, cuyas funciones serán:
- Diseñar e implementar la política nacional de salud: quien ejerza la autoridad sanitaria nacional tendrá la responsabilidad de concretar las directrices del ejecutivo en este campo, diseñando sus políticas, es decir, las acciones concretas en la administración de salud en todo el territorio, a acatar por entes públicos y privados.
- Proponer las leyes y normas que regirán las actividades propias del sistema: la otra función de la autoridad sanitaria nombrada por el ejecutivo será la redacción de leyes y normativas específicas para cada sector del sistema y proponerlas para su respectiva aprobación. Dicha reglamentación ejercerá el control de todas las actividades del sistema.
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