El derecho internacional en la constitución nacional. Analiza el artículo 27.
Respuestas a la pregunta
Contestado por
0
Respuesta:
Artículo 27 Constitucional : la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originalmente a la nación, la cuál ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares constituyendo la propiedad privada
Explicación:
Espero que sea lo que estabas buscando ojalá te sirva
Otras preguntas
Euskera,
hace 3 meses
Matemáticas,
hace 3 meses
Psicología,
hace 6 meses
Matemáticas,
hace 11 meses
Matemáticas,
hace 11 meses
Biología,
hace 11 meses