el derecho de no a la tortura
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Respuesta:
La Constitución de la República del Ecuador otorga a la Defensoría del Pueblo la responsabilidad de prevenir de inmediato la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes en su artículo 215.4.
Explicación:
gracias por los puntos
espero te ayude
solorzanomeroluisalf:
hola
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