El daño ambienta generara prioritariamente la obligacion de recomponer
Que te parece que significa esa afirmacion?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
En primer lugar, el texto no determina a cargo de quién se encuentra tal obligación, lo cual puede ser fácilmente solucionable en la medida en que sea posible identificar a quien «descompone el ambiente». En estos casos, la recomposición, lógicamente, estará a su cargo. Peor aún, lo cual no es menos habitual, resultará cuando no sea posible identificar responsable alguno, en cuyo caso, y de acuerdo al mismo texto, que establece que las autoridades proveerán a la protección de ese derecho, la obligación de recomponer estaría a cargo del Estado. Sin embargo, cuando nuestra Constitución establece que «Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras...» impone a la Nación el deber jurídico de adoptar todas las medidas tendientes a asegurar el cumplimiento de ese derecho.
Frente a ese deber, existe un derecho subjetivo de los ciudadanos a que el mismo se cumpla. En mi criterio, limitarnos a analizar el término en sí, como esencialmente distinto a reparar, restaurar, restituir, etc. resulta una equivocada e innecesaria tarea que oscurece el ya intrincado camino del derecho ambiental. La intención del legislador en esta frase implica que si alguien produce un daño al ambiente, debe solucionarlo.
También deberíamos considerar que si la recomposición no es posible «físicamente» será necesario cuantificar de algún modo ese daño, lo cual no es tarea sencilla. Cuál el valor de las especies que allí habitan, el de su capacidad de absorción de aguas, de generación de oxígeno?. Cuál es su valor como reserva genética, como fuente de descubrimientos, como solución a eventuales problemas que afronte la ciencia. Ahora bien, su humana recomposición ¿implica su limpieza total o solamente hasta alcanzar determinado nivel?.
Además, la magnitud de los costos de una catástrofe ecológica de tal magnitud nos excede al ser infinito su valor.