EL CONTRATO LABORAL
ACTIVIDADES
1.¿Qué es un contrato de trabajo? ¿Quienes pueden firmarlo? ¿Tiene que realizarse siempre por escrito?
Respuestas a la pregunta
Un contrato de trabajo es un acuerdo entre un trabajador y su empleador en donde el primero se compromete a llevar a cabo determinadas tareas y a seguir las instrucciones del segundo. Esto, a cambio de una determinada retribución.
El contrato de trabajo es la herramienta básica para el buen funcionamiento del mercado laboral. En él se especifican las condiciones bajo las cuales un trabajador llevará a cabo determinadas tareas encargadas por el empleador. Del contrato de trabajo se derivan derechos y deberes de las partes y es una prueba fundamental cuando se solicite la ayuda de un juez en casos de incumplimiento o desacuerdos.
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Depende de las leyes de cada país. Por ejemplo, en España, las personas que pueden firmar un contrato de trabajo son:
-Los mayores de 18 años.
-Los menores de 18 años, legalmente emancipados.
-Las personas entre 16 y 17 años que cuenten con el permiso de sus padres o tutores.
-Extranjeros de acuerdo a lo que dicte la legislación vigente.
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Los contratos de trabajo pueden clasificarse de distintas maneras:
De acuerdo a su formalización: Los contratos pueden ser verbales o escritos.
Verbales: el acuerdo entre trabajador y empleador es verbal. No existe documento alguno que pruebe la relación. Esto supone un riesgo en caso de incumplimiento.
Escritos: Se escribe un documento en donde se detallan las condiciones de la relación laboral. En el caso de España, la Ley exige que en ciertos casos exista un contrato de trabajo.
De acuerdo a su duración: los contratos pueden ir desde indefinidos hasta limitados a un período de tiempo u obra.
Término fijo: El contrato tiene una fecha de finalización aunque suele existir la posibilidad de que el contrato se renueve de forma automática o bajo ciertas condiciones.
Término indefinido: El contrato no tiene fecha de finalización, y en principio se extenderá todo el tiempo que las partes estimen conveniente.
Por obra: El contrato durará hasta que se complete una obra o tarea particular.
Temporal o transitorio: el contrato durará un periodo de tiempo breve que se limita a cubrir una necesidad temporal como por ejemplo: El reemplazo de un trabajador por un permiso de maternidad, un pico de demanda en una determinada temporada, reemplazo de un trabajador en vacaciones, etc.