El Artículo N° 20 Del Derecho a la Educación, de la Ley N° 1680 “Código de la Niñez y la Adolescencia”, establece que mediante la educación se debe garantizar:Respuesta necesaria. Opción única.
(1 Punto)
El desarrollo armónico e integral de la persona.
El respeto por parte de los padres.
La valoración por parte de los educadores.
El desarrollo de la dignidad y los recursos.
Usuario anónimo:
11 y tu tampoco me acuerdo conocido a muchas personas
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Respuesta:
el desarrollo armónico e integral de la persona
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