Contabilidad, pregunta formulada por ofiramayavelez, hace 10 meses

El artículo 98 del código de comercio habla de las sociedades ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por poncev216
3

Respuesta:

Artículo 98. Contrato de sociedad – concepto – persona jurídica distinta. Por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social.

Explicación:

Otras preguntas