Derecho , pregunta formulada por DANIELADV, hace 1 año

el articulo 5 de la constitucion politica POR FAVOR URGENTE ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por 3167938884
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Respuesta:Artículo 5

Artículo 5o. El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.


DANIELADV: gracias
Contestado por aviciitiestonicolas
1

Respuesta:

Gracias

Explicación:

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