El artículo 29 de la convención de los derechos del niño, que argentina tiene jerarquía constitucional,dice que el objetivo de la educación debe ser el desarrollo de las capacidades y aptitudes de los alumnos hasta el máximo nivel posible.que capacidades y actitudes consideran que desarrollaron los alumnos en este contexto?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Los Estados Partes convienen en que la educación del niño debe de estar encaminada a:
Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el
máximo de sus posibilidades.
Si bien no es una definición, sino "a lo que debe de estar encaminada" enmarca y define
perfectamente que debemos entender hoy por educación. En consecuencia, hoy podríamos definir
educación como aquella ofrecida al niño para su desarrollo integral en los aspectos biológico,
cognitivo, socio-afectivo y espiritual, a través de experiencias de socialización pedagógica y
recreativa. La Educación ha de ser un proceso interno por el cual el niño o la niña logra
progresivamente su desarrollo integral en todas las dimensiones del ser humano
Avanzando sobre lo anterior, en el informe realizado por el Dr. Delors para la UNESCO afirma que
la educación en el siglo XXI ha de basarse en los siguientes pilares:
Aprender a CONOCER.
Aprender a HACER.
Aprender a VIVIR.
Aprender a SER.