Derecho , pregunta formulada por luisa0499, hace 3 meses

El 20 de agosto de 2010, DANIEL y CARLOS celebran un contrato de compraventa con CAMILO en el que le venden una casa por trescientos millones de pesos ($300’000.000), dinero que se comprometió CAMILO a pagar solidariamente a cualquiera de los dos, en cuotas de sesenta millones de pesos ($60’000.000) durante 5 años, una cada año. El 20 de agosto de 2016 DANIEL presenta demanda contra CAMILO por el pago de la última cuota de sesenta millones de pesos ($60’000.000). El 25 de agosto de 2016 el juez libra mandamiento de pago. CAMILO propone la excepción de nulidad relativa del contrato de compraventa. En el proceso se comprueba que en el contrato hubo un vicio del consentimiento. Por tal motivo el juez falla declarando la nulidad relativa del contrato.

Respuestas a la pregunta

Contestado por juki70
0

Respuesta:

El 20 de agosto de 2010, DANIEL y CARLOS celebran un contrato de compraventa con CAMILO en el que le venden una casa por trescientos millones de pesos ($300’000.000), dinero que se comprometió CAMILO a pagar solidariamente a cualquiera de los dos, en cuotas de sesenta millones de pesos ($60’000.000) durante 5 años, una cada año. El 20 de agosto de 2016 DANIEL presenta demanda contra CAMILO por el pago de la última cuota de sesenta millones de pesos ($60’000.000). El 25 de agosto de 2016 el juez libra mandamiento de pago. CAMILO propone la excepción de nulidad relativa del contrato de compraventa. En el proceso se comprueba que en el contrato hubo un vicio del consentimiento. Por tal motivo el juez falla declarando la nulidad relativa del contrato.

Explicación:la pola

Contestado por teonimodo
0

Respuesta:

en total muchisimo dinero

Explicación:

le falta pagar

Otras preguntas