Educ. Fisica, pregunta formulada por maybethdayi22, hace 20 días

e pueden ayudar con esta pregunta?

¿qué es lo que el tema te incentiva a explorar los juegos individuales y colectivos?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por posliguatania
1

Respuesta: El currículo es la expresión del proyecto educativo que los integrantes de un país o

de una nación elaboran con el fin de promover el desarrollo y la socialización de las

nuevas generaciones y en general de todos sus miembros; en el currículo se plasman en mayor o menor medida las intenciones educativas del país, se señalan las

pautas de acción u orientaciones sobre cómo proceder para hacer realidad estas

intenciones y comprobar que efectivamente se han alcanzado.

Un currículo sólido, bien fundamentado, técnico, coherente y ajustado a las necesidades de aprendizaje de la sociedad de referencia, junto con recursos que aseguren

las condiciones mínimas necesarias para el mantenimiento de la continuidad y la

coherencia en la concreción de las intenciones educativas garantizan procesos de

enseñanza y aprendizaje de calidad.

Las funciones del currículo son, por una parte, informar a los docentes sobre qué se

quiere conseguir y proporcionarles pautas de acción y orientaciones sobre cómo

conseguirlo y, por otra, constituir un referente para la rendición de cuentas del sistema educativo y para las evaluaciones de la calidad del sistema, entendidas como

su capacidad para alcanzar efectivamente las intenciones educativas fijadas.

2. Consideraciones legales en torno al currículo de la educación

obligatoria

La Constitución de la República del Ecuador (2008), en su artículo 26, estipula

que “la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber

ineludible e inexcusable del Estado” y, en su artículo 343, reconoce que el centro

de los procesos educativos es el sujeto que aprende; por otra parte, en este mismo

artículo se establece que “el sistema nacional de educación integrará una visión

intercultural acorde con la diversidad geográfica, cultural y lingüística del país, y el

respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades”.

La Ley Orgánica de Educación Intercultural, en el artículo 2, literal w): “Garantiza el

derecho de las personas a una educación de calidad y calidez, pertinente, adecuada, contextualizada, actualizada y articulada en todo el proceso educativo, en sus

sistemas, niveles, subniveles o modalidades; y que incluya evaluaciones permanentes. Así mismo, garantiza la concepción del educando como el centro del proceso

educativo, con una flexibilidad y propiedad de contenidos, procesos y metodologías que se adapte a sus necesidades y realidades fundamentales. Promueve condiciones adecuadas de respeto, tolerancia y afecto, que generen un clima escolar

propicio en el proceso de aprendizaje.”

En este contexto, en el artículo 19 de la misma ley se establece que un objetivo de

la Autoridad Educativa Nacional es “diseñar y asegurar la aplicación obligatoria de

un currículo nacional, tanto en las instituciones públicas, municipales, privadas y

fiscomisionales, en sus diversos niveles: inicial, básico y bachillerato, y modalidades:

presencial, semipresencial y a distancia. El diseño curricular considerará siempre  

5

Introducción general

la visión de un Estado plurinacional e intercultural. El Currículo podrá ser complementado de acuerdo a las especificidades culturales y peculiaridades propias de la

región, provincia, cantón o comunidad de las diversas Instituciones Educativas que

son parte del Sistema Nacional de Educación”.

Además, la Ley Orgánica de Educación Intercultural, en el artículo 22, literal c), establece como competencia de la Autoridad Educativa Nacional: “Formular e implementar las políticas educativas, el currículo nacional obligatorio en todos los niveles

y modalidades y los estándares de calidad de la provisión educativa, de conformidad con los principios y fines de la presente Ley en armonía con los objetivos del

Régimen de Desarrollo y Plan Nacional de Desarrollo, las definiciones constitucionales del Sistema de Inclusión y Equidad y en coordinación con las otras instancias

definidas en esta Ley”.

Por otro lado, el Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, en su artículo 9, señala la obligatoriedad de los currículos nacionales “en todas las instituciones

educativas del país independientemente de su sostenimiento y su modalidad” y, en el

artículo 11, explicita que el contenido del “currículo nacional contiene los conocimientos básicos obligatorios para los estudiantes del Sistema Nacional de Educación”.

Explicación: espero que te ayude me das corona plis

Otras preguntas