Informática, pregunta formulada por ramirezkelly1, hace 10 meses


e) ¿Cuáles son las leyes que protegen a los menores en caso de ser

víctimas de los delitos en las redes sociales ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por sebasarcia1
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Respuesta:

ARTÍCULO 21. Niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o su derecho a la educación en los términos establecidos en el artículo 3o. constitucional.

Explicación:

Contestado por sugey24
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Respuesta:Aunque es difícil de precisar, se calcula que internet lo utilizan cotidianamente más de tres mil millones de personas, es decir, más del 40% de la población mundial. Las redes sociales son una de las herramientas más usadas por este canal de comunicación. Actualmente, son pocos los jóvenes en las sociedades desarrolladas que declaran no utilizar algunas de las más famosas, como Facebook, Instagram o Twitter.

Al margen de la acepción coloquial antes apuntada, las redes sociales se han definido, más técnicamente, como "servicios que se prestan a través de internet y que posibilitan a los usuarios crear un perfil púbico, donde plasman datos personales e información, contando con herramientas que permiten interactuar con el resto de usuarios, sean afines o no al perfil" (Inteco, 2009: 7).

Las redes sociales se han venido enmarcando dentro del concepto de web 2.0, que camina hacia

una nueva tendencia en el uso de las páginas web, en la cual el usuario es el centro de la información y se convierte en generador de contenidos. Ello supone un cambio en la filosofía, una actitud, una forma de hacer las cosas que identifica el uso actual de internet que hacen tanto los internautas como las empresas, pasando de ser meros consumidores a productores y creadores de contenido (Heredero Campo, 2012: 40).

Esta etapa tecnológica es ya una evolución de otra etapa anterior, la web 1.0:

En los medios tradicionales y en la denominada web 1. 0 los dueños de los websites tienen pleno control sobre ellas, tanto de la información que exponen como del acceso y nivel de interactividad que quieren fomentar. Sin embargo, en la web 2. 0 el control pasa directamente a todos los usuarios en igualdad de condiciones, el control está en los propios usuarios de la red social (Cebrian Herreros, 2008: 348).

Pero internet no deja de avanzar -es una de sus características- y, en la actualidad, la web 2.0 también se ha quedado obsoleta, destacando la denominada web 3. 0, o semantic web (Martínez López, Anaya-Sánchez, Aguilar-Illescas y Molinillo, 2016: 5). Debe entenderse esta acepción de web semántica, como aquella que contiene un nivel de organización de ideas y contenidos que ofrece una respuesta rápida a la demanda de información necesitada individualmente.

La población vive actualmente con una demanda de información constante y con una necesidad, a veces incomprensible, de narrar sus acontecimientos vitales a través de las redes sociales, de tal suerte que se ha llegado a relacionar el ego con las redes sociales:

el ego mueve el mundo y, sin duda, mueve las redes sociales, y en esta expresión continua de nuestro yo dejamos al descubierto su parte más íntima, sin ser conscientes, mientras lo hacemos, de cuánto de nosotros exponemos ni del peso que esa exposición tendrá en el futuro (Llaneza, 2010: 57).

En nuestra opinión, el uso de internet ha puesto de moda, universalizándolos, una serie de derechos como la libertad de información y la libertad de expresión, pero, al mismo tiempo, ha generado graves riesgos para la indemnidad de otros derechos fundamentales, no menos importantes, como el de protección de datos personales, el derecho a la intimidad, es decir, aquellos que afectan al círculo de la privacidad de las personas.

Las redes sociales, como casi todos los fenómenos de gran relevancia de los grupos humanos, se comportan como armas de doble filo, ya que, por una parte, su funcionamiento intrínseco permite al ciudadano que usa medios electrónicos comunicarse con personas que estén en cualquier lugar del mundo (a unos metros o al otro lado de la Tierra), o permiten observar las fotos o videos que sus "amigos" deciden compartir, imágenes que, en ocasiones, se suben sin meditarlo mucho.

¿Qué ocurre si alguien decide utilizar esas fotografías para publicarlas con alguna información que puede ser dañina, o si decide utilizar los comentarios vertidos en redes sociales con el mismo fin? La respuesta puede llegar a ser inquietante ya que el daño producido, o que se pueda generar en un futuro incierto, quizá sea irreversible: esas imágenes, información vertida y datos íntimos que una persona ha querido divulgar a través de estas redes sociales pueden perjudicarle en el futuro (Platero Alcón, 2016).

Como ejemplo, en los procesos de selección de personal estadounidenses, más del 35% de las empresas no contrataron a determinados trabajadores debido a las informaciones que habían descubierto investigando su pasado en las redes sociales (Adsuar Prieto, 2013: 6). Es conocido el caso de la ejecutiva de la industria del cine Stacy Snyder,1 graduada en Leyes, quien no fue contratada como profesora por la Conestoga Valley High School por difundir una imagen suya tomando una bebida alcohólica.

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