Matemáticas, pregunta formulada por aranzaalvaradolopez1, hace 2 meses

Doy coronita al que me ayude si no saben no respondan y si no me ayuda no daré corona pero ayúdenme plis ​

Adjuntos:

Respuestas a la pregunta

Contestado por ederalejandroruizher
2

Respuesta:

debe de aceptar el castigo y cumplir con el castigo

Explicación paso a paso:


aranzaalvaradolopez1: en cuál de las dos?
aranzaalvaradolopez1: gracias me sirvió nada más deja que alguien más responda y te doy la corona
ederalejandroruizher: ok gracias
Contestado por libny09
2

Respuesta:

¿Qué es la reparación del daño?  

Ante la comisión de un hecho delictivo, todas las victimas y ofendidos tienen derecho a la reparación del daño, la cual consiste en la obligación impuesta al delincuente de restablecer el estado de las cosas alteradas y resarcir los perjuicios derivados de su delito.

¿Quiénes tienen derecho a la reparación del daño?

Tienen derecho a la reparación del daño:  

La víctima y el ofendido.

A falta de la víctima o el ofendido, sus dependientes económicos, herederos o derechohabientes, en la proporción que señale el derecho sucesorio y demás disposiciones aplicables.

¿Quiénes están obligados a la reparación del daño?

Están obligados a la reparación del daño:  

Los tutores, curadores o custodios, por los ilícitos cometidos por los inimputables que estén bajo su autoridad;

Los dueños, empresas o encargados de negociaciones o establecimientos mercantiles de cualquier especie, por los delitos que cometan sus obreros, jornaleros, empleados, domésticos y artesanos, con motivo y en desempeño de sus servicios;

Las sociedades o agrupaciones, por los delitos de sus socios o gerentes, directores, en los mismos términos en que, conforme a las leyes, sean responsables por las demás obligaciones que los segundos contraigan. Se exceptúa de esta regla a la sociedad conyugal, pues, en todo caso, cada cónyuge responderá con sus bienes propios por la reparación del daño que cause; y

El Gobierno de la Ciudad de México responderá solidariamente por los delitos que cometan sus servidores públicos, con motivo del ejercicio de sus funciones.

¿Qué acciones van encaminadas a la reparación del daño?

La reparación del daño comprende, según el delito que se trate:  

El restablecimiento de las cosas en el estado en que se encontraban antes de cometerse el delito;

La restitución de la cosa obtenida por el delito, incluyendo sus frutos y accesorios y, si no fuese posible, el pago de su valor actualizado. Si se trata de bienes fungibles, el juez podrá condenar a la entrega de un objeto igual al que fuese materia de delito sin necesidad de recurrir a prueba pericial;

La reparación del daño moral sufrido por la víctima o las personas con derecho a la reparación, incluyendo el pago de los tratamientos curativos que, como consecuencia del delito, sean necesarios para la recuperación de la salud psíquica y física de la víctima;

El resarcimiento de los perjuicios ocasionados; y

El pago de salarios o percepciones correspondientes, cuando por lesiones se cause incapacidad para trabajar en oficio, arte o profesión.

¿Qué autoridad es la encargada de fijar la manera de reparar el daño a la victima u ofendido?

Los encargados de fijar la reparación del daño son los jueces, según el daño o perjuicios que sea preciso reparar, de acuerdo con las pruebas obtenidas durante el proceso.  

Cabe mencionar que, la obligación de pagar la reparación del daño es preferente al pago de cualquiera otra sanción pecuniaria u obligación contraída con posterioridad a la comisión del delito, salvo las referentes a alimentos y relaciones laborales.

Explicación paso a paso:


libny09: Espero te ayude
Otras preguntas