DOY CORONA SI CONTESTAN BIEN
¿El codigo de comercio obliga a los comerciantes a legalizar el libro mayor? Explique brevemente
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Sin perjuicio de los libros que la ley del Impuesto sobre la Renta exige a
toda persona natural o jurídica, los comerciantes están obligados a llevar otros legalizados por
la Tributación Directa, en que se consignen en forma fácil, clara y precisa sus operaciones
comerciales y su situación económica. A este efecto los siguientes son indispensables: un
libro de Balances e Inventarios, un Diario y un Mayor que deberán ser encuadernados y
foliados. Podrán además llevar las hojas columnares y los libros o registros auxiliares que
consideren necesarios. Para tales auxiliares no es necesario el requisito de legalización. El
comerciante puede llevar un libro de Caja, que no estará sujeto a las prescripciones de este
capítulo.
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