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¿De qué manera se puede cuidar el patrimonio cultural?
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Respuesta:
La protección del patrimonio, en tanto recurso cultural de una sociedad local o nacional, es responsabilidad de cada ciudadano así como del Estado. Para ello una primera tarea es CONOCER cuál es nuestro patrimonio que nos permitan desarrollar estrategias de USO, CONSERVACIÓN y PUESTA EN VALOR.
En el país el instrumento legal para la protección del patrimonio cultural es la Ley 17.288 vigente desde 1970. El Consejo de Monumentos es el organismo técnico, dependiente del Ministerio de Educación, responsable de la aplicación de esta legislación.
Ella se refiere al patrimonio monumental del país y las medidas para su protección. Además, se encuentra disponible un Reglamento sobre prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, así como la documentación requerida para la declaratoria de monumentos históricos y las intervenciones en los mismos.
Una de las principales debilidades de la actual normativa, reconocida por todos quienes trabajan vinculados al tema patrimonial, es la que se refiere básicamente al patrimonio material, dejando de lado el extenso campo del patrimonio inmaterial que en algunos casos es tanto o más relevante que el monumental.
En la actualidad se trabaja en la modificación de la Ley 17.288 con el propósito de actualizarla, mejorar normas, establecer incentivos y fortalecer la descentralización y por consiguiente, la efectiva conservación y gestión de nuestro patrimonio cultural.
Explicación:
TIPS
a) Reconocer y prever los efectos del ambiente y del medioambiente (clima o microclima, iluminación, contaminantes atmosféricos, biodeterioro etc.) sobre las colecciones (si son lentos, rápidos, humanos, naturales etc.)
b) Definir claramente los riesgos del deterioro, actuales y potenciales al fin de evaluar las prioridades y la necesidad de una posible actuación (Conservación Programada).
c) Concebir y ejecutar estas intervenciones teniendo en cuenta los medios reales y disponibles.
d) Planificar y realizar programas regulares de inspección y de mantenimiento (como prevé la Ley de Patrimonio Andaluz de 2007) de las colecciones y de los bienes culturales en general.
e) Elaborar planes de urgencia y de emergencia en caso de incendios, inundaciones, infecciones biológicas, catástrofes naturales…etc.
f) Formar a los diferentes responsables de las colecciones y al personal, que de una manera u otra se relaciona con las mismas, para que puedan valorar los métodos pasivos de protección del patrimonio.
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danigym965
04.11.2020
Historia
Universidad
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La protección del patrimonio, en tanto recurso cultural de una sociedad local o nacional, es responsabilidad de cada ciudadano así como del Estado. Para ello una primera tarea es CONOCER cuál es nuestro patrimonio que nos permitan desarrollar estrategias de USO, CONSERVACIÓN y PUESTA EN VALOR.
En el país el instrumento legal para la protección del patrimonio cultural es la Ley 17.288 vigente desde 1970. El Consejo de Monumentos es el organismo técnico, dependiente del Ministerio de Educación, responsable de la aplicación de esta legislación.
Ella se refiere al patrimonio monumental del país y las medidas para su protección. Además, se encuentra disponible un Reglamento sobre prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, así como la documentación requerida para la declaratoria de monumentos históricos y las intervenciones en los mismos.
Una de las principales debilidades de la actual normativa, reconocida por todos quienes trabajan vinculados al tema patrimonial, es la que se refiere básicamente al patrimonio material, dejando de lado el extenso campo del patrimonio inmaterial que en algunos casos es tanto o más relevante que el monumental.
En la actualidad se trabaja en la modificación de la Ley 17.288 con el propósito de actualizarla, mejorar normas, establecer incentivos y fortalecer la descentralización y por consiguiente, la efectiva conservación y gestión de nuestro patrimonio cultural.
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a) Reconocer y prever los efectos del ambiente y del medioambiente (clima o microclima, iluminación, contaminantes atmosféricos, biodeterioro etc.) sobre las colecciones (si son lentos, rápidos, humanos, naturales etc.)
b) Definir claramente los riesgos del deterioro, actuales y potenciales al fin de evaluar las prioridades y la necesidad de una posible actuación (Conservación Programada).
c) Concebir y ejecutar estas intervenciones teniendo en cuenta los medios reales y disponibles.
d) Planificar y realizar programas regulares de inspección y de mantenimiento (como prevé la Ley de Patrimonio Andaluz de 2007) de las colecciones y de los bienes culturales en general.
e) Elaborar planes de urgencia y de emergencia en caso de incendios, inundaciones, infecciones biológicas, catástrofes naturales…etc.
f) Formar a los diferentes responsables de las colecciones y al personal, que de una manera u otra se relaciona con las mismas, para que puedan valorar los métodos pasivos de protección del patrimonio.
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