dos garantías individuales establecidas en Costa Rica de la constitución política
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
ARTÍCULO 20.- Todo hombre es libre en la República; no puede ser esclavo el que se halle bajo la protección de sus leyes.
ARTÍCULO 37.- Nadie podrá ser detenido sin un indicio comprobado de haber cometido delito, y sin mandato escrito de juez o autoridad encargada del orden público, excepto cuando se tratare de reo prófugo o delincuente in fraganti; pero en todo caso deberá ser puesto a disposición de juez competente dentro del término perentorio de veinticuatro horas.
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Espero ayudarte:()
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ARTÍCULO 20.- Todo hombre es libre en la República; no puede ser esclavo el que se halle bajo la protección de sus leyes.
ARTÍCULO 37.- Nadie podrá ser detenido sin un indicio comprobado de haber cometido delito, y sin mandato escrito de juez o autoridad encargada del orden público, excepto cuando se tratare de reo prófugo o delincuente in fraganti; pero en todo caso deberá ser puesto a disposición de juez competente dentro del término perentorio de veinticuatro horas.
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