dos asociaciones de municipio. por faaaa constitucion
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
ARTICULO 324. La ley establecerá las condiciones y las normas bajo las cuales los Municipios pueden asociarse entre sí para la prestación de los servicios públicos. Las Asambleas, a iniciativa del Gobernador, podrán hacer obligatoria tal asociación, conforme a la ley citada, cuando la más eficiente y económica prestación de servicios así lo requiera. (Artículo 198 de la Constitución Política)
ARTICULO 325. Dos o más Municipios, aunque pertenezcan a distintas entidades territoriales, pueden asociarse para organizar conjuntamente la prestación de servicios públicos, procurando el desarrollo integral de la región comprendida en sus términos territoriales.
Explicación:
Respuesta:
En una comunidad es común encontrar las siguientes asociaciones:
1. Asociaciones religiosas
Son congregaciones de personas que se adhieren para dar culto a alguna divinidad
2. Asociación de Padres de Familia
Está integrada por padres y madres de familia para salvaguardar la educación de sus hijos
3. Asociación de alumnos
Es una organización compuesta por alumnos de una institución educativa y que se unen para brindar apoyo académico a los estudiantes en diversas actividades educativas, culturales o deportivas.
4. Asociación ganadera
Es una organización de personas que se dedican a la explotación racional y crianza de especies animales, con el fin de brindar apoyo, representatividad en sus actividades.
5. Asociaciones civiles
Está integrada por personas físicas que se unen para cumplir un fin, ya sea de índole educativo, cultural, festivo, deportivo, etc.
Explicación:
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