dos artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que contemplen la participación ciudadana
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Respuesta:
el articulo 75 y el 78
Explicación:
Artículo 75 El Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. ... El Estado garantizará protección a la madre, al padre o a quienes ejerzan la jefatura de la familia.
Artículo 78.- Durante los recesos del Congreso de la Unión habrá una Comisión Permanente compuesta de 37 miembros de los que 19 serán Diputados y 18 Senadores, nombrados por sus respectivas Cámaras la víspera de la clausura de los períodos ordinarios de sesiones.
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