dos acciones de reparación de daño.
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
El restablecimiento de las cosas en el estado en que se encontraban antes de cometerse el delito;
La restitución de la cosa obtenida por el delito, incluyendo sus frutos y accesorios y, si no fuese posible, el pago de su valor actualizado.
Respuesta:
espero que te sirva
Explicación:
sé que pediste dos pero aquí te traigo estás opciones
La reparación del daño comprende, según el delito que se trate:
El restablecimiento de las cosas en el estado en que se encontraban antes de cometerse el delito;
La restitución de la cosa obtenida por el delito, incluyendo sus frutos y accesorios y, si no fuese posible, el pago de su valor actualizado. Si se trata de bienes fungibles, el juez podrá condenar a la entrega de un objeto igual al que fuese materia de delito sin necesidad de recurrir a prueba pericial;
La reparación del daño moral sufrido por la víctima o las personas con derecho a la reparación, incluyendo el pago de los tratamientos curativos que, como consecuencia del delito, sean necesarios para la recuperación de la salud psíquica y física de la víctima;
El resarcimiento de los perjuicios ocasionados; y
El pago de salarios o percepciones correspondientes, cuando por lesiones se cause incapacidad para trabajar en oficio, arte o profesión