Donde están reglamentadas las políticas públicas para la protección de la familia?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Constitución Política, artículo 42: “La familia es el núcleo
fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos
naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una
mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de
conformarla. El Estado y la sociedad garantizan la protección
integral de la familia”.
Corte Constitucional, Sentencia T-070 de 2015.
“Las familias, desde una perspectiva pluralista, amplia e incluyente,
de acuerdo con su consideración social e histórica y su realidad
en el país, se asume teniendo en cuenta los aspectos jurídicos,
conceptuales y éticos como sujetos colectivos de derechos,
integrada no solo por vínculos de consanguinidad o jurídicos,
sino también por aquellos vínculos afectivos que la configuran en
escenarios de cuidado, reconocimiento y desarrollo de sí misma y
de cada uno de sus integrantes individualmente considerados”.
Las políticas de atención a las familias se encuentran
desarticuladas en múltiples entidades, lo que hace necesaria una
coordinación y ejecución de las políticas del sector familia y social,
para asegurar la eficiencia-eficacia de la inversión y el gasto.
Por eso, el país requiere de una política nacional de familia
articulada y coordinada que llegue a la totalidad del territorio y
beneficie a todos los colombianos.
Explicación: