donde deben de inscribirse los comerciantes?
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Respuesta:
Las inscripciones deberán hacerse en la oficina del Registro Público de Comercio del domicilio del comerciante, pero si se trata de bienes raíces o derechos reales constituidos sobre ellos, la inscripción se hará, además, en la oficina correspondiente a la ubicación de los bienes, salvo disposición legal que establezca.
Explicación:
Espero y te ayude:)
jacquigonzalez0015:
gracias reina!♡
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