Diiferencia concesión, refutación y desmentida!!!!
DOY CORONITA!!
Respuestas a la pregunta
Conseción:
En economía y en Derecho administrativo, una concesión es el otorgamiento del derecho de explotación, por un período determinado, de bienes y servicios por parte de una Administración pública o empresa a otra, generalmente privada. La concesión tiene por objeto la administración de los bienes públicos mediante el uso, aprovechamiento, explotación de las instalaciones o la construcción de obras y nuevas terminales de cualquier índole sea marítima, terrestre o aérea de los bienes del dominio público.
REFUTACIÓN:
La refutación es una tautología. demostrado por la columna de la última implicación, en la que todos los valores son verdaderos.
Las conclusiones Falsas no pueden destruir una afirmación refutadora. En las líneas 2 y 4 las conclusiones son Falsas y sin embargo, la afirmación como un todo sigue siendo verdadera. Por eso el Modus tollendo tollens representado aquí, es irrefutable, tanto lógica como empíricamente, tal como sucede también con los teoremas matemáticos.
Desmentida:
La negación de una supuesta verdad, denominada la desmentida, descalifica lo dicho por alguien y refuerza la posición propia.