Diferencias entre documentos publicos y privados
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Mientras los documentos públicos tiene valor probatorio por si mismos, sin necesidad de que medie su reconocimiento por la parte a quien se oponen.
Los documentos privados carecen de valor probatorio hasta tanto se acredite la autenticidad de la firma que figura en ellos, sea mediante el reconocimiento (expreso o tácito) de la parte a quien se atribuye o mediante la comprobación.
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