diferenciadiferencia del sistema de designación y remoción prevista para la corte suprema de justicia de la nación y para los demás jueces federales
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
De las incumbencias establecidas, la selección y la remoción de los jueces responden a necesidades objetivas que el cuerpo social de la república reclamaba desde su propio cansancio moral producido por las nada transparentes designaciones y por la extrema lentitud y condicionamiento de la Cámara de Diputados y el Senado de la Nación en sus respectivos roles de acusador y juzgador de los magistrados.
No puede decirse lo mismo de las facultades de administración, de corrección disciplinaria o del dictado de reglamentos que ningún sector había reclamado, detraídas a la Corte Suprema y que de hecho provocaron más de un conflicto con dicho tribunal. Queda claro entonces la importancia que revisten las tareas de selección y remoción de magistrados, a las cuales nos referiremos. LA SELECCION DE MAGISTRADOS La Ley del Consejo enuncia en su artículo 13 los requisitos del procedimiento de selección, que a su vez fueron materia de un reglamento especial dictado por el Consejo. Desde el inicio mismo de los concursos se hicieron evidentes las dificultades y demoras que derivaban del citado artículo y se propusieron diversas alternativas, las que recién fructifican cuando los legisladores que integran el Consejo presentan en sus Cámaras el proyecto redactado por la Comisión de Selección y que, con algunas variantes, es aprobado como ley 25.669, publicada en el Boletín Oficial el 19/11/02. Como el nuevo texto rige para los concursos que recién se están abriendo nos referiremos al procedimiento vigente en los primeros cuatro años del Consejo (17/11/98 a 17/11/02).
El mismo comprendía tres etapas que se desarrollaban ante la Comisión de Selección: a) evaluación de antecedentes; b) prueba de oposición; c) entrevista personal. En las dos primeras intervenía un Jurado de tres miembros un académico, un abogado y un juez sorteado de listas remitidas por las Universidades Nacionales, los Colegios de Abogados de todo el país y la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, cuya tarea concluía con la evaluación de los antecedentes y de la prueba de oposición y la propuesta definitiva de orden de mérito según el puntaje obtenido por los postulantes.
Explicación:
si no ayude lo siento mucho