derechos de la participacion articulo 61- 65
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Art. 61.-derechos:
1. Elegir y ser elegidos.
2. Participar en los asuntos de interés público.
3. Presentar proyectos de iniciativa popular normativa.
4. Ser consultados.
5. Fiscalizar los actos del poder público.
6. Revocar el mandato que hayan conferido a las autoridades de elección
popular.
7. Desempeñar empleos y funciones públicas con base en méritos y
capacidades, y en un sistema de selección y designación transparente,
incluyente, equitativo, pluralista y democrático, que garantice su
participación, con criterios de equidad y paridad de género, igualdad
de oportunidades para las personas con discapacidad y participación
intergeneracional.
8. Conformar partidos y movimientos políticos, afiliarse o desafiliarse
libremente de ellos y participar en todas las decisiones que éstos
adopten.
Las personas extranjeras gozarán de estos derechos en lo que les sea
aplicable.
espero que te sirva.saludos .
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