derechos de la actividad científica en cuba
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
CONSEJO NACIONAL DE SOCIEDADES CIENTIFICAS DE LA SALUD
REGLAMENTO GENERAL DE LAS SOCIEDADES CIENTIFICAS
Ciudad de La Habana, marzo de 2005
"Año de la Alternativa Bolivariana para las Américas"
I N D I C E
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO II DEL PROCEDIMIENTO PARA CONSTITUIR UNA SOCIEDAD
CAPITULO III DEL NOMBRE, OBJETIVO Y FUNCIONES DE LA SOCIEDAD
CAPITULO IV DE LOS ASOCIADOS
CAPITULO V DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS
CAPITULO VI DE LA DIRECCION, ADMINISTRACION Y GOBIERNO DE LA SOCIEDAD
CAPITULO VII DE LAS ELECCIONES
CAPITULO VIII DE LAS SESIONES CIENTÍFICAS
CAPITULO IX DE LAS SECCIONES DE LA SOCIEDAD
CAPITULO X DE LAS FILIALES PROVINCIALES DE LA SOCIEDAD
CAPITULO XI DE LA EXTINCIÓN O DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES
CAPITULO XII DE LAS MODIFICACIONES DEL REGLAMENTO
DISPOSICIONES FINALES
2
INTRODUCCION
La Constitución de una Sociedad Científica reviste un carácter netamente Jurídico, debido a ello toda
gestión que con este objetivo se promueva o realice debe estar orientada conforme a las disposiciones
vigentes. La Ley No. 54 (Ley de Asociaciones) refrenda el derecho de asociación reconocido
constitucionalmente a todos los ciudadanos y en su Artículo 2 autoriza expresamente, entre otras, la
constitución de "Asociaciones Científicas o Técnicas que persigan con su trabajo contribuir al
desarrollo de la investigación y la aplicación de los logros de la ciencia y la técnica".
Las Sociedades Científicas de la Salud constituyen agrupaciones de carácter exclusivamente
científico integradas por los profesionales de este perfil y otros vinculados a las ciencias médicas,
incorporadas y dependientes del Consejo Nacional de Sociedades Científicas del Ministerio de Salud
Pública.
En la época actual, la rápida evolución del conocimiento ha motivado el surgimiento en el mundo de
innumerables ramas o vías de desarrollo, de extensión y complejidad variable que reúnen a grupos de
científicos de diversos credos, con necesidad imperiosa de intercambio y discusión frecuente de sus
experiencias individuales o colectivas. Las sociedades científicas constituyen el ámbito idóneo para
la materialización de esta necesidad como procedimiento por excelencia p
sobre
Explicación:
AI