Derecho , pregunta formulada por Manxhas29, hace 20 horas

derecho transmisibles

Respuestas a la pregunta

Contestado por darlyngarciasalazaru
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Respuesta:

El derecho de uso y habitación, por disposición del Art. 833 del Código Civil, es intransmisible, por cuanto así lo dice: “Los derechos de uso y habitación son intransmisibles a los herederos, y no pueden cederse a ningún título, prestarse ni arrendarse.”

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