derecho a la inviolabilidad del hogar y de la correspondencia personal
ayudaaaaaa
Respuestas a la pregunta
Contestado por
2
Respuesta:
El artículo 18.2 de la Constitución establece que "el domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito
Explicación:
Otras preguntas
Ciencias Sociales,
hace 4 meses
Ciencias Sociales,
hace 4 meses
Matemáticas,
hace 4 meses
Informática,
hace 1 año
Ciencias Sociales,
hace 1 año