Denuncian a seis bancos por publicidad engañosa
Entre los bancos denunciados por el Consejo Nacional de Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Perú destacan el BanBif, Citibank, Continental, entre otros.
"Las denuncias son producto de una investigación que incluyó visitas a bancos por consumidores anónimos que forman parte de Conacup a bancos y entrevistas directas con los clientes sobre determinados productos financieros", detalló a RPP Noticias el presidente del Conacup, Paúl Castro.
Indicó que un caso particular es el del Banco Continental, quien publicita, a través de avisos publicitarios y trípticos, beneficios en el pago de intereses “desde el primer sol o dólar ahorrado” por sus clientes.
Empero, en una tabla publicada en la página web de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP(SBS), se puede comprobar valores en que el banco señala que por un depósito inicial de S/.1.000, la tasa de rendimiento efectiva anual es negativa (-7,1%), como también lo es para un monto inicial de S/.3.000 (-1,55%).
En otros casos, dijo Castro, ciertos bancos no informan que cobran por mantenimiento y otros gastos si los clientes no le dan movimiento al dinero en un plazo 60, 90, 120 o 360 días a diferencia de algunos de sus competidores que sí especifican en qué casos sí se hace el cobro.
Castro sostuvo que existe un precedente emitido por Indecopi que señala que cuando los bancos hacen publicidad y tienen ciertas restricciones para dar toda la información pertinente, tienen que indicar una fuente adicional donde el consumidor pueda acudir para tener mayor información, la cual debe de ser de fácil acceso.
"Hay sectores de la economía en la que los consumidores, por más que se informen, tienen una posición de desventaja frente al proveedor, dado que es información técnica, como el caso de los servicios financieros, por eso es que la información relevante tiene que colocarse en la publicidad de los bancos", concluyó.
¿Cómo influye la publicidad engañosa en el consumidor? ¿Qué derecho del consumidor ha sido vulnerado en la noticia?
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La publicidad engañosa se ha creado directamente para que las personas crean qué hay una solución inmediata y pertinente para esa necesidad que tienen. En este caso, se trata de un depósito inicial que se supone que trae beneficios sin importar la cantidad de dinero que se ingrese. Seguidamente mediante a la investigación que se hizo se puede evidenciar una tasa negativa, contradiciéndose claramente con la publicidad hecha. Entonces podemos concluir que la publicidad influye de una manera bastante negativa, aprovechándose de la desinformación del consumidor y mintiendo descaradamente a los ciudadanos.
El derecho que se está vulnerando en este caso es la calidad y garantías del bien o servicio combinado con adulteración del contenido del producto y publicidad engañosa en relación con los bienes y servicios.
El derecho que se está vulnerando en este caso es la calidad y garantías del bien o servicio combinado con adulteración del contenido del producto y publicidad engañosa en relación con los bienes y servicios.
elbagopalabreo7k:
Donde digo “ seguidamente” lo podrías cambiar por otro conector. :)
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