delitos contra el derecho a la intimidad
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Respuesta: El tipo básico de este delito se encuentra recogido en el artículo 197.1 del Código Penal. Este precepto castiga a quien se apodere de cartas, mensajes u otros documentos, o intercepte comunicaciones, con el objetivo de descubrir secretos o vulnerar la intimidad de la víctima sin su consentimiento.
Dentro de la interceptación de grabaciones y control audiovisual clandestino se castiga el uso de elementos técnicos o tecnológicos para la escucha, grabación o transmisión de imágenes, sonidos, o cualquier otro tipo de comunicaciones.
Para este tipo básico se establecen penas de uno a cuatro años de prisión y multa de uno a dos años.
Dentro de la interceptación de grabaciones y control audiovisual clandestino se castiga el uso de elementos técnicos o tecnológicos para la escucha, grabación o transmisión de imágenes, sonidos, o cualquier otro tipo de comunicaciones.
Para este tipo básico se establecen penas de uno a cuatro años de prisión y multa de uno a dos años.
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