definición jurídica de habitante
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El significado que le acuerda la real Academia española es: "el que habita".
Se usa también como sustantivo: cada una de las personas que constituyen la población de un barrio, ciudad, provincia o Nación.
Espero que te ayude
Se usa también como sustantivo: cada una de las personas que constituyen la población de un barrio, ciudad, provincia o Nación.
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