Derecho , pregunta formulada por Usuario anónimo, hace 8 meses

Definición de niño (artículo 1) según la CDN​

Respuestas a la pregunta

Contestado por jjmolina0510
2

Respuesta:Artículo 1

Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.

Explicación:espero te sirva

Otras preguntas