definición de indulgencias
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En palabras de la Iglesia Católica, la definición que se da de indulgencia es “la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención
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Espero te sirva
Saludos
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