deberes , derechos y responsabilidades establecidas en la ley orgánica de protección de niños niñas y adolescentes
Respuestas a la pregunta
Hoy en día oímos hablar continuamente de los derechos humanos como una prioridad, pero dada la situación actual de nuestra sociedad, es necesario hablar también de los deberes correlativos a esos mismos derechos, puesto que han estado ausentes del discurso sobre la materia en nuestro medio
Derivada de la dignidad humana inmanente a toda persona, ya sean niños, adolescentes, jóvenes, adultos ó personas mayores, todos tenemos derechos fundamentales, como son el derecho a la vida, a la alimentación, al vestido y al calzado, a la educación (instrucción-formación), a la salud, a la ocupación y al desarrollo decorosos, a la sana recreación y a la libertad en sus diferentes aplicaciones, sólo por citar los principales. Sin embargo, y aunque todos lo sabemos, todo derecho lleva consigo una obligación, pero hay una franca omisión en su enunciación, contenido, manejo y cumplimiento. Y mientras no estemos conscientes de esas obligaciones, la sociedad seguirá avanzando en el desequilibrio, la violencia y la deshumanización. Por lo mismo, en lo que toca a los niños y adolescentes, podemos proponer el siguiente:
“DECÁLOGO DE DEBERES DE LOS MENORES DE EDAD”
1.- Deber de respetar y cuidar el entorno humano (padres, hermanos, familia, vecinos, profesores, compañeros, autoridades, etc.) Este deber capital deriva de la necesidad de vivir en paz y armonía, y su expresión mínima es la coexistencia en sana tolerancia.
2.- Deber de respetar y cuidar el entorno ecológico (medio físico natural).- Este deber abarca todo lo relativo a la conservación y aprovechamiento racional de la Naturaleza en sus Reinos: Animal, Vegetal y Mineral.
3.- Deber de obedecer a sus padres, tutores, profesores y autoridades.- Este deber propugna el orden y la disciplina, y no implica la necesidad de estar de acuerdo para su aplicación y observancia.
4.- Deber de estudiar y de realizar sus tareas.- Este deber procede del postulado de superación humana de educarse, instruirse y formarse adecuadamente como persona en comunidad.
5.- Deber de ser limpio, aseado y arreglado en su persona, en su hábitat, en la escuela y en los sitios que visite. Este deber proviene de requerimientos de sanidad, de amor propio y de presencia personal en sociedad.
6.- Deber de tener buena conducta en lo personal y en los distintos segmentos de la vida social. Este deber genérico abarca toda la gama de comportamientos concretos de la persona, en lo individual o en grupo.
7.- Deber de comunicarse adecuadamente. Este deber se traduce en la adquisición y ejercicio del hábito de expresar directamente los sentimientos, deseos, inquietudes, ideas, opiniones, problemas, críticas, desacuerdos, etc., con veracidad, sinceridad y valentía, claridad, objetividad y concisión, y nada de esto incluye palabras que denigren al receptor o al comunicante.
8.- Deber de ayuda solidaria. Este deber incluye todo tipo de auxilios y apoyos materiales e inmateriales o intangibles para las personas cercanas o no, y su fundamento y origen es la fraternidad universal.
9.- Deber de cuidar la integridad física y psíquica, y la salud propia o ajena, en la medida que esté al alcance de cada quien. Este deber conlleva la prudencia para prevenir riesgos, accidentes, contagios y adicciones.
10.- Deber de adaptarse, soportar, disculpar y tratar de entender en lo posible la imperfección humana, y de asumir a las personas problemáticas. Este deber entraña el reto más grande que enfrentamos diariamente pues va unido al valor de la tolerancia.
Como adultos responsables de cuidar, defender y velar por los derechos de los niños y adolescentes, tenemos que vivir en primera persona y como familia, esos mismos deberes elementales que van de la mano de los derechos universales.
NUNCA PODREMOS EXIGIRLES A LAS SIGUIENTES GENERACIONES QUE CUMPLAN CON SUS OBLIGACIONES SI NO LAS CUMPLIMOS LOS ADULTOS PRIMERO.
Los niños, niñas y adolescentes poseen responsabilidades establecidas en la Ley Orgánica de Protección al menor.
La Ley Orgánica de Protección al niño, niña y adolescente específica los deberes, derechos y responsabilidades que poseen los niños, niñas adolescentes y padres o responsables por la ley.
Está ley antes mencionada regula el comportamiento de los niños, niñas, adolescentes, padres o representantes, evitando principalmente la violencia y el maltrato, es por ello que específica el comportamiento inadecuado.
Así como también, específica deberes al estudio, a la vida, a la dignidad humana y derechos a divertirse, derecho a la libertad, entre otros.
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