deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social, sin incluir nombres, imágenes, voces, o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
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El artículo 134 constitucional contiene una limitación respecto del contenido de los mensajes de propaganda gubernamental, pues establece que ésta no puede incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público y de que la misma deberá tener carácter ...
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espero que te ayude
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