deber q brinda a la ciudadanía el artículo 9
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Artículo 9o.- No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar.
Explicación:
Espero ayudarte.
PatyPata:
lo siento por no responder antes.
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