Ciencias Sociales, pregunta formulada por fabianv289favv, hace 4 meses

¿Deben existir resguardos legales o institucionales para evitar este tipo de situaciones?


catalinapaz2102: hey tengo la misma guia me puedas dar las respuesta del texto

Respuestas a la pregunta

Contestado por EMMANEL3
4

Respuesta:

La Constitución Política establece que los derechos y garantías constitucionales sólo pueden ser afectados bajo situaciones de excepción. Estas son: guerra externa o interna, conmoción interior, emergencia y calamidad pública, cuando afecten gravemente el normal desenvolvimiento de las instituciones del Estado.


fabianv289favv: gracias
EMMANEL3: de nada✌✌
Contestado por andriana72
2

Respuesta:

El artículo analiza desde la perspectiva del "bloque constitucional de derechos fundamentales" la naturaleza jurídica de los derechos sociales, su estructura jurídica, la inexistencia de diferencias esenciales con los derechos individuales, la indivisibilidad e interdependencia de los derechos individuales y sociales, su fuerza normativa directay su aplicabilidad inmediata, irradiando todo el ordenamiento jurídico y los actos jurídicos de particulares, subordinando la autonomía de la voluntad y los contratos entre particulares, sus garantías y su justiciabilidad.

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